ÚNICO: Declara no ha lugar la pretensión interpuesta el 22-6-2018 por la Abg. VANESSA ALEXANDRA MONCADA ROMERO, Defensora Pública Auxiliar con Competencia Plena a nivel Nacional, Encargada de la Defensoría Pública 1ª Penal Ordinario adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Defensora de HECTOR JOSE DAZA RANGEL, contra la decisión mediante la cual el 6-6-2018, el Juez de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Extensión Guasdualito de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. DAVID QUINTERO, decretó medida judicial preventiva de libertad, en contra del ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión de los delitos de promoción o incitación al odio, previsto en el artículo 20 de la Ley Contra el Odio por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, toda vez que el 4-7-2018 se acordó medida sustitutiva de la privación de libertad consistente en presentaciones cada 10 días por ante el área de Alguacilaz.....