este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÒN, en los términos expuestos por las partes, de conformidad con el
Articulo 375 en concordancia con el Artìculo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA la Obligación de Manutención en la cantidad DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200.oo) MENSUALES, a partir del 20-08-2009, a favor de la niña ( Se omite el nombre del niño de conformidad con el artìculo 65 de la LOPNNA),màs ropa, calzado, medicina, un bono escolar de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.200,oo) y un bono de fin de año de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo) que el ciudadano: MARTINEZ CORONA CARLOS REINALDO, debe cumplir.
TERCERO: Notifíquese mediante Boleta a las partes a l.....