este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÒN, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de CIEN BOLIVARES (Bs.100.oo) MENSUALES, por concepto de Obligación de Manutención que el ciudadano: JOSÉ HERNÁNDEZ debe cumplir a favor de su hijo ANGEL DE JESUS HERNANDEZ OSORIO, representado por la ciudadana NELLYS ZULEIDA OSORIO, titular de la cedula de identidad Nº 14.947.910, a partir del 30-11-08, así como Aumento de Bonificación Escolar en la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) a partir del año 2.009 y Bonificación de Fin de Año por un monto de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo), a partir del mes d.....