PRIMERO: Se declara Sin lugar, la pretensión interpuesta el 29-7-2024, por el Abg. Simón Rafael Rodríguez Ochoa, actuando en su carácter de Defensor Privado del ciudadano José Gregorio Palacio Cortez, contra la sentencia dictada en fecha 25-6-2.024, y publicado su texto íntegro el 26-6-2.024, por el Tribunal 1° de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, mediante la cual se declaró culpable al ciudadano José Gregorio Palacio Cortez, plenamente identificado en autos, condenándolo a cumplir la pena de doce (12) años de prisión, por encontrarse incurso en la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en la Modalidad de Ocultamiento, sancionado en el primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la colectividad.
SEGUNDO: Se confirma el fallo impugnado.