Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa instruida en contra del ciudadano JOSÉ ÁNGEL CUELLO SAAVEDRA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.014.314, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, residenciado en el barrio 23 de mayo, casa s/n, calle principal, sector Terraplén, a pocos metros, entrando por el puente del barrio La Manga del Río, o en casa de la ciudadana Adela, residenciada en la Carrera Piar, entre calles Bolívar y Ribas, frente a Luis Maldonado, entrando por el frente del Abasto El Surtidor, ambas direcciones en Guasdualito, estado Apure, por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia .....