PRIMERO: Con Lugar la Inhibición propuesta por la Dra. AURI YULI TORRES LAREZ, en su carácter de Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de esta Circunscripción Judicial, en el juicio de Nulidad de Partición por Fraude Procesal seguido por el ciudadano JOSE DIONICIO ARRIAGA RETALI contra los ciudadanos MARY CARMEN ARRIAGA OCHOA, MARIA FERNANDA ARRIAGA OCHOA, YRAIMA YAJAIRA NARVÁEZ DE ARRIAGA, FELIX RAFAEL ARRIAGA RETALI y CARMEN HORTENSIA ARRIAGA RETALI.
SEGUNDO: Se ordena a la Jueza Inhibida solicitar ante la Rectoría un Juez Suplente Especial para la continuación de la causa.
TERCERO: Remítase el expediente a la ciudadana Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de esta Circunscripción Judicial, a los fines de dar curso legal al mismo