DECLARA: CON LUGAR la Solicitud de Conversión de la Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento en Divorcio, solicitada por los ciudadanos ROMULO SEGUNDO GARIZABALO FELIPE y FRANCIS DEL VALLE FLORES DE GARIZABALO, el primero extranjero y la segunda venezolana, cónyuges, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. E-83.084.483 y V-25.908.609, en su orden, debidamente asistidos de Abogado, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 188 y 189 del Código Civil Vigente, en concordancia con lo establecido en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.-