Por todo lo anteriormente expuesto, esté Tribunal Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por RECURSO DE ABSTENCIÓN O CARENCIA, ejercida por la abogada NURVYS VEGA, en su condición de apoderada judicial del ciudadano JOHAN SAID DELGADO VELAZQUEZ en contra del MUNICIPIO PÁEZ DEL ESTADO APURE.
SEGUNDO: Se ordena al MUNICIPIO PÁEZ DEL ESTADO APURE, pagar la cantidad de TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL VEINTISIETE BOLÍVARES CON VEINTITRÉS CÉNTIMOS (Bs. 3.941.027,23).
TERCERO: Se ordena la experticia complementaria del fallo para el cálculo de los intereses moratorios desde 01 de abril de 2006, hasta la ejecución de la sentencia.