DECISION EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Con base a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la OPOSICION presentada por la Fiscal Sexta del Ministerio Público en esta Ciudad, a la disolución del vínculo conyugal, contraído por los ciudadanos: YEGRIS AURISTELA MEDINA CASTILLO y OSWALDO HERMOGENES BOLIVAR JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 16.000.924 y 13.559.985, respectivamente, el cual contrajeron en fecha 30 de Agosto del año 2002, por ante la Prefectura del Municipio Biruaca del Estado Apure, según acta Nº 105 de la misma fecha. Y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando - Estado Apure, a los Treinta (30) días del mes de Octubre del año Dos Mil Ocho (2008). Años 198° .....