DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA, impuesta al penado: FERNANDO CASTILLO LEON, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.210.702, por cumplimiento de pena de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el articulo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Y en consecuencia la libertad. Notifíquese al ciudadano Fiscal Séptimo del Ministerio Público, y a la Defensa. Líbrese Boleta de excarcelación Firme el presente pronunciamiento remítase al Archivo Judicial. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÒN.
ABG. YUNIS MENDEZ.
LA SECRETARIA.
ABG. TERESA DANIELA OVIEDO.
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado, en el auto que antecede.
LA SECR.....