Por los fundamentos antes expuestos y analizados, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN, interpuesta en fecha 28 de octubre de 2004, por el abogado Francisco Estrada, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.591.552, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.875, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte accionante en la presente causa, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Del Tránsito, y Del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en fecha 14 de septiembre de 2004.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia, de fecha 14 de septiembre del año 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Del Tránsito, y Del Trabajo de.....