"(...)DESISTIMIENTO DEL PROCESO, de conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, intentada por la Ciudadana ELMINDA JAQUELINE BOLIVAR SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.912.481, debidamente asistida por los Abogados RAFAEL DE JESÚS PÁEZ CABANERIO y RICARDO JOSÉ NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° V-8.167.909 y 16.977.112, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 186.567 Y 137.637, contra la providencia administrativa Nº 00382-14, dictada por la Inspectoría del Trabajo con sede en San Fernando del Estado Apure, en fecha 02 de diciembre de 2014, mediante la cual declaro Sin Lugar, la Solicitud de Reenganche y Restitución de Derechos del trabajador ELMINDA JAQUELINE BOLIVAR SUAREZ, antes identificada(...)"