III
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES con ocasión de accidente de tránsito incoada por el ciudadano HECTOR HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.240.896 y de este domicilio, en contra del ESTADO APURE, representada por el Gobernador ciudadano GIAN LUIS LIPPA PRECIOSI. En consecuencia SE CONDENA al ESTADO APURE a pagarle a la parte demandante ciudadano HECTOR HURTADO, la cantidad de CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 14.500.000,00) por daños materiales ocasionados en accidente de tránsito al vehículo de su propiedad de las siguientes características: Placas: CAB-16E, Marca: Toyota, Modelo: Corolla, C.....