En consecuencia, este Tribunal Primero De Primera Instancia En Función De Juicio Del Circuito Judicial Penal Con Competencia En Delitos De Violencia Contra La Mujer Del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se ORDENA LA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRUEBA, que le fuera impuesto al ciudadano; JULIO NAIN VIERA CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.016.300, natural de San Fernando de Apure, y con residencia en el Barrio Villas del Sur vía el Tocal, casa Nº 06, Calle Principal cerca de una iglesia evangélica, al frente de Apure TV, Municipio San Fernando, estado Apure, de 28 años de edad, nacido en fecha: 15-04-1985, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Operador de Planta en Hidrollanos, Teléfono 0426-8922458, hijo de Raymundo Viera (V) y de Aura Castro (V), de la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, establecido en el contenido del artículo, 42, 2 .....