III
DISPOSITIVA
Es por todo lo antes expuesto y analizado que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la acción de ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA, intentada por la ciudadana MARÍA SUSANA IBARRA DE BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.168.380, y domiciliada en jurisdicción del Municipio Biruaca del Estado Apure, asistida de abogado, en contra del ciudadano RAFAEL ABRAHÁN REYES RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.592.312 y de este domicilio. En consecuencia, se condena al demandado RAFAEL ABRAHÁN REYES RUIZ, a pagar a la ciudadana MARÍA SUSANA IBARRA DE BLANCO, la cantidad de CUATRO MIL NOVENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 4.090,00), y así se decide. Se CONDENA en costas a la parte demanda.....