DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Fundamentado en la Ley de Régimen Penitenciario en su Articulo Nº 62, ACUERDA:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de permiso planteada el Penado: LEAL LEAL RAINALD JOSE, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.756.590, con el fin de realizarse placa en la región dorso-lumbar y cadera, para el día Lunes 20 de Agosto del año en curso, en el Centro de Diagnostico Integral 19 de Abril (CDI), del Municipio San Fernando, Estado Apure
SEGUNDO: Se advierte que una vez culminada dicha evaluación, dicho penado deberá ser trasladado al Internado Judicial de esta ciudad y deberá remitir el informe de dicha actuación, a este Tribunal. Remítase copia de la decisión al director del internado Judicial, Notifíquese a las partes. .....