Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por la Fiscalía III del Ministerio Público, en contra del imputado RAMÍREZ GONZÁLEZ LUIS ALVEY, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-21.628.008, de estado civil soltero, nacido en fecha 05-10-1989, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el barrio Brisas de Lara, calle 2, en la casa de alimentación, Guasdualito, estado Apure, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CARMEN CECILIA CELIS y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, cometido en.....