en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastantes y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos JOSE BIANNEY GUTIERREZ CASTILLO, PEDRO JESUS GUTIERREZ CASTILLO, JUAN VICENTE GUTIERREZ CASTILLO, MARCOS FERNANDO GUTIERREZ CASTILLO, MARIA DELFINA GUITIERREZ CASTILLO, JUAN JOSE GUITIERREZ CASTILLO, OMAIRA JOSEFINA GUTIERREZ CASTILLO, SANTO DOMINGO GUTIERREZ CASTILLO y JOSE LUIS GUTIERREZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad identidad V-14.218.434, V-10.616.465, V-10.618.676, V-11.236.950, V-12.322.422, V-12.585.456, V-13.489.072, V-13.489.073, y V-13.489.071, en su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus PEDRO DOMINGO GUTIERREZ, quien fue venezolano, de 79 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.358.041, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la sol.....