SE DICTO SENTENCIA QUE PRIMERO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo, 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplimiento del régimen de prueba en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo prevenido en el artículo, 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo estatuido en el artículo, 49 numeral 7, y con lo dispuesto en el artículo 46 ejusdem, en la causa seguida a los ciudadanos; ELIAS ALEJANDRO ALVAREZ RAMOS, venezolano, Mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-19.689.537. de 29 años de edad, nacido en fecha 04-06-1989, Residenciado en: Bella Vista, segunda transversal, casa S/N, cerca del consejo comunal, Municipio San Fernando del Estado Apure. TELEFONO: 0416-4344667 / 0426-6325907, de la comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 41 primer aparte, y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho .....