DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA del presente asunto seguido al ciudadano RINCON ROA PEDRO ALFONZO, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-10.685.448, natural de Santa Bárbara del Zulia, nacido el 14-04-66, de 44 años de edad, de Profesión u Oficio Albañil, Residenciado en el Barrio Santa Juana 02, Calle Principal, Casa S/N, al frente de la Iglesia Paraíso Celestial 03, San Fernando de apure, Estado Apure, al Tribunal de Control Numero 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, conforme a lo establecido en el artículo 62 y 80 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda remitir las presentes actuaciones de manera inmediata hasta la sede del .....