Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIAMENTE CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales incoara el ciudadano, FRANCISCO OJEDA MUÑOZ, contra EL ESTADO APURE; SEGUNDO: Se confirma el fallo en consulta con las modificaciones contenidas en la presente decisión; TERCERO: Se condena al ESTADO APURE, a cancelar la cantidad de SEIS MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA BOLÍVARES (Bs. 6.319.480,00), por los conceptos de antigüedad Bs. 642.720,, vacaciones Bs. 818.400, vacaciones fraccionadas Bs. 178.200, salarios dejados de percibir Bs. 1.831.200, Bono de fin de año: Bs. 818.400, Diferencia salarial: 79.840, Salarios dejados de percibir: Bs.665.280, Cláusula Nueve del Contrato Colectivo: Bs. 1.285.440, y los intereses y corrección monetaria que resulten de la ex.....