(...) En consecuencia, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se confirma el fallo en consulta, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el cual declaró: Parcialmente con lugar la acción intentada por la ciudadana Nieves Emilia Acosta De Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.999.736, contra el Ministerio del Poder Popular para la Salud; SEGUNDO: Se condena al Ministerio del Poder Popular para la Salud, a pagar a la actora, lo siguiente: Total Prestaciones Viejo Régimen, Mil Trescientos Veintiún Bolívares con Noventa y Cinco Céntimos (Bs. 1.321,95); Intereses Articulo 668, parágrafo 2. LOT, Doscientos Seis Bolívares con Ochenta y Nueve Céntimos (Bs. 206,89), Antigüedad Nuevo Régimen. Articulo 108 LOT, Cinco Mil Trescientos Diez Bolívares.....