DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Siendo el Ministerio Público el Titular de la Acción Penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones del artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, este Tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal de que se prosiga la presente investigación por el Procedimiento Especial, y se decreta con lugar la solicitud del Ministerio Público de aprehensión en flagrancia del Ciudadano MIGUEL ARTURO GARCÍA GUERRERO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.857.891, nacido en fecha 21-04-81, natural de Valencia, Estado Carabobo, de 30 años de edad, reside en el Barrio.....