Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia, de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de conversión de la Separación de Cuerpos y de Bienes por Mutuo Consentimiento en Divorcio, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos GERSON GABRIEL CANALS PEREZ y GLEDYS ALEXANDRA CABALLERO PINTO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 25.260.243 y 24.540.607 por ante la Unidad de Registro Civil Peñalver de Arichuna, Municipio San Fernando del Estado Apure, según se evidencia de Acta de Matrimonio N° cuatro (04), inserta al folio Nº 5 fte. y vto. de la presente causa.