Por los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A instaurada por los ciudadanos MARIA ALEJANDRA TOVAR CABALLERO Y EULISES RAFAEL ROMERO PAEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.806.970 y V- 12.900.630, respectivamente, ambos de este domicilio, asistido por la Abogada GIOSMAR MARIBEL DIAZ VIÑA, mayor de edad, venezolano, Inpreabogado bajo el N° 157.515, en consecuencia, SE DECLARA CON LUGAR EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Biruaca, del Estado Apure, en fecha 28-04-1.993, asentada en el Acta No. DIECIOCHO (18).