Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LOS TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO APURE, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA LA APREHENSIÓN del ciudadano JOSÉ DEL CARMEN APONTE, Venezolano, Soltero, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-8.156.191, residenciado en el Barrio Santa Bárbara, frente al liceo del sector, San Juan de Payara, Municipio Pedro Camejo del Estado Apure, a los fines de asegurar la comparecencia del mismo al acto de AUDIENCIA PRELIMINAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42, segundo aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en contra de las ciudadanas; NIRIDA JOSEFINA APONTE y.....