CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, suscrita por la ciudadana LIORMEDYS ANTONIETTA NARVAEZ GIL, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.470.088, debidamente asistida por la Abogada KAIRUZAN PINTO GARCIA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 255.906, actuando a favor de su hija, la niña (Se omite la identidad acogiendo el criterio Jurisprudencial con carácter vinculante emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia Nro. 1.554 de fecha 12-11-2013, la cual riela en el Expediente Nro. 13-0318 con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, caso Edgar José Hernández Romero), de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 17 y 516 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), concatenado con los artículos 145 y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, y así se decide.