ACUERDA: PUNTO ÚNICO: Se sustituye, la Medida de Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta en fecha 22-05-2011, y 07-06-2011, respectivamente a los ciudadanos LILA RAFAELA RODRIGUEZ, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-8.199.577, DIOGENES DANIEL RODRIGUEZ, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-20.230.537, WILMAN LISANDRO RODRIGUEZ SANCHEZ, Titular de la Cedula de Identidad Numero V- 15.047.792, y en consecuencia se acuerda la libertad de los mismos, sin restricciones, en virtud de haber sido solicitado por el Ministerio Público el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el articulo 318 ordinal 1° y 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la respectiva Boleta de traslado y cumplido los trámites correspondientes, líbrese la respectiva Boleta de Libertad. Publíquese, Notifíquese y Déjese copia.