DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente efectuados en Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, de este Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley resuelve
PRIMERO: Se decreta el sobreseimiento de la causa seguida al REDY RENNE SALINAS, venezolano, natural de la población de Achaguas Estado Apure, de 25 años de edad, nacido el 12 de Noviembre de 1981, hijo de Girse Coromoto Salinas y de Juan Salina (F), de estado civil soltero, indocumentado, residenciado en la calle 13 de Septiembre del Municipio Achaguas, por la comisión del delito de Posesión de Sustancia Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 36 de la L.O.S.S.E.P, conforme a lo establecido en el articulo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: El cese de toda las Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de Libertad, que le fueron acordadas al ciudadano REDY RENNE SALIN.....