PRIMERO: Sin Lugar la Sustitución de la Privación de libertad de la Imputada MENDOZA BLANCO DARIANA JOSEFINA, solicitada por la ciudadana ADLEIDA JOSEFINA BALNCO, en su carácter de madre de la misma, y en consecuencia de mantiene la Medida acordada en fecha 15-01-2011, así como la decisión de fecha 23-03-2011, y 29-04-2011, emanadas de este tribunal, conforme a lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda oficiar al Departamento de ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación "A" San Fernando, Estado Apure, a los fines de que le sea practicado un reconocimiento medico legal a la ciudadana MENDOZA BLANCO DARIANA JOSEFINA, quien se encuentra recluido en la Policía del Estado Apure, debiendo remitir resultas del mismo a este Tribunal.