Seguidamente el Ciudadano juez expone: "Oída la solicitud del ciudadano Jesús Humberto Mendoza Castillo, del defensor privado Abg. José Alexander López, lo expuesto por el ciudadano Luís Benedicto Clemente Rodríguez y la manifestación de la vindicta pública, este Tribunal acuerda; con lugar la entrega en calidad de deposito del vehículo de las siguientes característica; Placa: 61RFAO, Marca; RECAHERCA, Modelo; VTRH2ER20, Clase; SEMI REMOLQUE; Color; AMARILLO, Año; 2008, Tipo; VOLTEO, Uso; CARGA, Serial de Carrocería; 8X9SV082X8S121012, Serial de Chasis; 8X9SV082X8S121012, relacionado con la solicitud penal SIC-216-09 (04-F2-757-08), bajo las siguientes condiciones 1.- Presentarlo cada vez que le sea requerido por este Tribunal y/o la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico. 2.- Mantener el Vehículo que se le entrega en depósito en perfectas condiciones de funcionamiento. 3.- Darle el uso adecuado y destino a la naturaleza del bien. 4.- Se prohíbe expresamente al depositario Judicial .....