CONDENA al ciudadano LUIS ENRIQUE PADRÓN, titular de la cédula de identidad Nº 13.254.564, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal Venezolano en perjuicio de LUIS RAMÓN ZAPATA,. Se condena igualmente a las penas accesorias a las de prisión prevista y sancionada en el artículo 16 ejusdem. Se absuelve de costas por ser la justicia gratuita conforme a lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, se mantiene la medida judicial de privación de libertad, la cual se está cumpliendo en las instalaciones del Internado Judicial de esta ciudad. Una vez cumplido el lapso de ley, remítase la presente causa hasta el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad. Diarícese, regístrese, déjese copia. Dada, firmada y sellada en la sala de Audiencia del Tribunal Primero de Primera Instancia, en Funciones de Control del C.....