DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a favor del penado RICHARD YOEL CARREÑO RATTIA, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.759.154, residenciado en Barrio Pinto Salinas, calle 1, casa N° 37 Calabozo Estado Guarico, penado en la causa N° 1E-2751-13, a cumplir la pena de CINCO (05)AÑOS DE PRISION , por la comisión del delito TRAFICO DE SUSTANCIAS UTILIZADAS PARA LA PRODUCCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley contra el Trafico Ilícito de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la época de los hechos, en que se presente por ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación De Calabozo Estado Guarico, por un lapso de.....