PRIMERO: INOCENTE, a la ciudadana: MERYS ESTRELLA PEÑA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.384.473, natural de Santa Catalina, Estado Barinas, nacida en fecha 15-06-1961, de estado civil soltera, de profesión u oficio ama de casa y con residencia en el barrio San Miguel, calle principal, casa Nº S/N, de Mantecal, Estado Apure; por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR MENOR, previsto y sancionado en el Segundo Aparte del Artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el Artículo 163 ejusdem; que le endilgara la Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la oportunidad procesal debida, como cometido en contra de LA COLECTIVIDAD.
SEGUNDO: SE REVOCAN las Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de Libertad, que en fecha 28-06-11 decretar el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal .....