TERCERO: Por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado JOSÉ OLIMPO ESPINOZA ECHEVARRIA, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 71.746.005, soltero, natural de Charumar-Antioquia, República de Colombia, nacido en fecha 05 de junio de 1974, hijo de Leonalge Espinoza y Rosalía Echevarria.- 11.243.612, residenciado en el Barrio Pueblo Viejo, sector Curitero, Guasdualito, Estado Apure, quien fue condenado por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley de Violencia en Contra de la Mujer y la Familia, vigente para cuando ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de Yeny Cuevas. En consecuencia, qu.....