TERCERO: Por los razonamientos expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Primero: DECRETA LA PRESCRIPCIÓN DE DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR, de tres (03) meses, seis (06) días, más las accesorias, al penado LUIS ALBERTO MORENO VEGA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, con cédula de Ciudadanía No. C.C.-17.585.298, nacido en San Cayetano, Departamento Norte de Santander, República de Colombia, en fecha 02-09-1966, chofer, residenciado en el Barrio "Las Vegas, calle principal, casa Nº 04, El Amparo, Estado Apure, por la comisión del delito de FALSA ATESTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal. En consecuencia, se extingue la pena, quedando extinguida la responsabilidad penal. Todo con fundamento a lo establecido e.....