TERCERO: Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley OTORGA LA MEDIDA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado ciudadano RODOLFO FIGUERARDO RAMÍREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V. 10.610.749, nacido en EL Samán, Estado Apure, en fecha 23 de julio de 1969, de estado civil soltero, hijo de María Ramírez y Aristóbulo Reyes, quien fue condenado por la comisión de los delitos de SECUESTRO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, tipificados en los artículos 460 y 277 del Código Penal; de conformidad con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, se le impone al penad.....