TERCERO: Por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado MAIKER ALEXANDER RICO ÁLVARES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.974.691, nacido en fecha 17-02-1976. comerciante, residenciado en el Conjunto Residencial Madre Juana, Torre 01, piso 9, apartamento 192, San Cristóbal, Estado Táchira, condenado por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, tipificado en el numeral 2 del artículo 420 del Código Penal, cometido en perjuicio de Jonathan Andrés Gómez y Karla Catherine Hurtado García. En consecuencia, queda MAIKER ALEXANDER RICO ÁLVARES en Libertad Plena. Todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal en concor.....