DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de Revisión y Aumento de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana CARMEN ARACELIS LOVERA, titular de la cedula de identidad N° 4.997.345, en su condición de madre de la adolescente ANA NATHALI COLMENARES LOVERAS.-
SEGUNDO: Se AUMENTA con carácter DEFINITIVO como obligación Alimentaria en la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 160.000,oo) mensuales, a partir del 15-10-06, que el ciudadano JOSE VALERIANO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, jubilado de la Guardia Nacional, titular de la Cédula de Identidad N° 8.130.230 y domiciliado en el Municipio Achaguas del Estado Apure, debe cumplir a favor de su hija ANA NATHALI COLMENARES LOVERAS, mas aportes extras del 11,32% del Bono Vacacional en el mes de Noviembre y Bonificación de Fin de año para cubrir parte de los gastos ocasionado por la adolescente sujeta en la presente causa; sumas estas que deberán ser depositadas directamente por parte del organismo.....