Por todas las razones antes expuestas este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil.- Ofíciese al Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Pedro Camejo y al Registro Principal de este Estado Apure, para que se sirvan estampar la Nota Marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento del adolescente MAIKER JACSON BENARES y para que en lo sucesivo el segundo apellido del padre del niño se escriba y se lea como "ALVELO" , la fecha de nacimiento del adolescente "26 de Agosto del año 1.994" e insertar los datos de la madre ciudadana CRUZ ALEJANDRA CADENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.596.752 y domiciliada en la Población San Juan de payara, casa s/n, d.....