DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE Con Lugar la Apelación interpuesta por la Ciudadana YULIS VIDELIA LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.236.573, debidamente asistida por el Abg. MARCOS GUTIERREZ, Defensor del Niño y del Adolescente del Municipio Biruaca, Estado Apure contra la sentencia Definitiva dictada por el Tribunal de la causa.-
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de Revisión y Aumento de Obligación Alimentaria formulada por la Ciudadana YULIS VIDELIA LUGO debidamente asistida por el Abg. MARCOS GUTIERREZ, Defensor del Niño y del Adolescente del Municipio Biruaca, Estado Apure, a favor de las HNAS. JARA LUGO, ELSEES YULEXIS y ELAYNE YAKELIN, contra el ciudadano RAFAEL ELIAS JARA GUEVARA identificado en autos.-
TERCERO: Se Aumenta con carácter DEFINITIVO como obligación Alimentaria a la suma equivalente al 21,5% del salario mínimo Urbano actualmente de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) mensuales, que el ciudadano RAFAEL ELIAS .....