Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurias construidas en un lote de terreno constante de CUATROCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (403,50 M2), propiedad Municipal, ubicado en la "Calle Paraguay", del Municipio San Fernando del Estado Apure; comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Laguna, en (13,45 Mts.); SUR: 4ta. Transversal, en (13,45 Mts.); ESTE: Casa de Freddy Alfonzo, en (30,00 Mts.); y OESTE: Casa de Rafael González, en (30,00 Mts.), Dichas bienhechurias constan de: Un local compuesto de paredes de bloque, todo frisado y pintado, techo de acerol.....