este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta en Autorización expedida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio San Fernando del estado Apure de fecha 09 de Julio del año 2.013; dicho terreno consta de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (275,00 M2); ubicado en la calle "MAC GREGOR", de esta ciudad de San Fernando del estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: CALLE MAC GREGOR, EN (11,00 Mts); SUR: FAMILIA LORETO, EN (11,00 Mts); ESTE: FAMILIA BRITO, EN (25,00 Mts); OESTE: FAMILIA BRITO, EN (25,00 Mts); las cuales han construido con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expe.....