este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre un terreno de propiedad municipal, según consta en Autorización expedida por la Sindicatura del Municipio San Fernando del estado Apure, en fecha trece (13) de junio del año dos mil trece (2.013); dicho terreno consta de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (400.00 MTS2), ubicado en "EL TOCAL, SECTOR LAS PARCELAS", Municipio San Fernando del estado Apure, ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: CALLE PRINCIPAL DE LAS PARCELAS, EN VEINTE METROS (20,00MTS); SUR: CASA DE LA FAMILIA ESTEVEZ, EN VEINTE METROS (20,00 MTS); ESTE: CASA DE EUNICE ARIZA, EN VEINTE METROS (20,00 MTS); OESTE: VEREDA, EN VEINTE METROS (20,00 MTS), en el cu.....