Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE POR RAZÓN DE LA MATERIA este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, para conocer de la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por los ciudadanos FILOMENA MARGARITA CASTILLO y RAFAEL DE JESÚS GALLARDO NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-8.192.452 y V-5.360.756, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 26.898 y 45.094 respectivamente. SEGUNDO: Se declara que el conocimiento de la referida solicitud corresponde a los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fern.....