Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en el lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Avenida Mérida, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, con un área de CIENTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS CENTIMETROS (179,36 Mts2), dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa de la Familia Colmenares; SUR: Familia Moreno; ESTE: Avenida Mérida, y OESTE: Familia Di Frisco, consistentes en Una (1) Casa con paredes de bloques, techo de platabanda, dos (2) cuartos para habitación, piso de cemento, cocina, comedor, dos (2) ventanas de hierro con protectores , tres (3) puertas, dos (2) de hierro y una (1) de madera, con un relleno de t.....