este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: DIAZ BOLIVAR ANA XIOMARA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la Cédula de Identidad Nº 11.235.413, sobre unas bienhechurias que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuados por ante este tribunal. Conformadas por una casa de habitación familiar construida en mampostería, con Dos (02) habitaciones, Una (01) Cocina, Un (01) Deposito Un (01) Comedor, Una (01) Sala de Baile, Una (01) Cantina, Piso de Cemento, Techo de Acerolit, Ventanas de Hierro con rejas, Puertas de Hierro con rejas, Un (01) Pozo Séptico, Un (01) Pozo.....