en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EXTINGUIDO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos FLOR MARBELLA HURTADO PULIDO y MIGUEL ANGEL POLANIA ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-10.618.951 y V-6.225.798, de este domicilio, debidamente asistidos para este acto por el Abogado ROMMEL RICARDO ESPINOZA DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-25.634.616, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 273.237. En su escrito los comparecientes expusieron que solicitan se declare disuelto el VÍNCULO CONYUGAL que contrajeron en fecha veintiseis (26) de febrero del año 2014, por ante la Prefectura del Municipio San Fernando del estado Apure, según consta en Acta signado con el Nº 43, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios del Municipio San Fernando, estado Apure.