Declara “CON LUGAR” la solicitud formulada, y en consecuencia de conformidad con lo previsto en el Artículo 396 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente acuerda con CARÁCTER DEFINITIVO la “COLOCACION FAMILIAR” de los Hnos. PADRON DANIEL, JUVENAL JOSE, JONAS DANIEL y DEL CARMEN JOSELYN BETANIA de siete (07), cinco (05) y tres (03) años de edad, en el hogar de su tía materna ciudadana ROSA BESTALIA DANIEL MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.087.504.-, Todo de conformidad con lo previsto en los Artículos 8, 126 literal “I” y 396 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.