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Decisiones del dia 03/08/2012

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación. Sede Guasdualito
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : CP21-V-2012-000055 N° Sentencia : PJ0042012000409 Fecha: 03/08/2012
Procedimiento:
Homologación Obligación De Manutención
Partes:
BETZAIDA COROMOTO QUINTERO RODRÍGUEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº.V-15.041.485. ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SUS HIJAS LA ADOLESCENTE (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA) Y LA NIÑA (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA), DE DOCE (12) Y DIEZ (10) AÑOS DE EDAD, ASISTIDAS POR LA REPRESENTACIÓN FISCAL ABOGADO LORENA DEL VALLE ROJAS SANTIAGO, PARTE DEMANDANTE. Y E
Resumen:
Así mismo se advierte, la comparecencia personal a la Fase de mediación es obligatoria. En este estado, solicito el derecho de palabra la parte demandada ciudadano Jakson Emir Chinchilla Velandia, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad No. V-14.264.824, en su carácter de padre de las mencionadas adolescentes. Asistido por la Defensora Publica I Rosa Yajaira Gutiérrez Zambrano, quien expuso: "Ciudadana Jueza, ofrezco por concepto de obligación de manutención, la cantidad de Doscientos Bolívares (200,00 Bs) mensuales, hasta el mes de Noviembre del presente año, porque a partir del mes de Diciembre ofrezco la cantidad de Trescientos Bolívares Mensuales (300,00 Bs), así mismo para las épocas especiales de septiembre y diciembre, me comprometo igualmente a proporcionarle a una de mis hijas todo lo necesario para útiles y ropa decembrina, debiendo la madre comprarle a la otra de mis hijas los requerimientos necesarios. En cuanto a los gastos médicos .....
Juez/Ponente:
Annabella Franco
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación. Sede Guasdualito
arriba

N° Expediente : CH22-X-2012-000036 N° Sentencia : PJ0042012000408 Fecha: 03/08/2012
Procedimiento:
Regimen De Convivencia Familiar
Partes:
FELICITA PAVA CALVO, COLOMBIANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. C.C 68.297.358 ACTUANDO EN SU CARÁCTER DE MADRE BIOLÓGICA DE LOS NIÑOS (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA) DE CUATRO (04) Y UN (01) AÑO DE EDAD RESPECTIVAMENTE. ASISTIDA POR LA DEFENSORA PÚBLICA I ABOGADO ROSA YAJAIRA GUTIÉRREZ ZAMBRANO, PARTE DEMANDANTE. EN CONTRA DEL DEMANDADO CIUDADANO JOSÉ LUÍS BELISARIO URDANETA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA
Resumen:
Del pedimento realizado por la ciudadana: Felicita Pava Calvo, colombiana, mayor de edad, titular la cédula de identidad No. C.C 68.297.358, en su carácter de madre biológica de los mencionados niños. Asistida por la Defensora Publica I Abogado Rosa Yajaira Gutierrez Zambrano, en la presente audiencia de Sustanciación, esta juzgadora tomando en cuenta la facultad conferida por el legislador en el articulo 387 de la Ley Organica para la Portección del Niño, Niña y del Adolescente que expresa: "El Régimen de Convivencia Familiar debe ser convenido de mutuo acuerdo entre el padre y la madre, oyendo al hijo o hija. La decisión podrá ser revisada a solicitud de parte, cada vez que el bienestar del niño, niña o adolescente lo justifique. Al admitir la solicitud, el juez o jueza apreciando la gravedad y urgencia de la situación podra fijar el Régimen de Convivencia Familiar Provisional que juzgue conveniente para garantizar este derecho y tomar todas las medidas necesarias para su cumplient.....
Juez/Ponente:
Annabella Franco
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación. Sede Guasdualito
arriba

N° Expediente : CH22-X-2012-000035 N° Sentencia : PJ0042012000410 Fecha: 03/08/2012
Procedimiento:
Medida Cautelar
Partes:
JOSE LUIS BELISARIO URDANETA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-14.637.503. ACTUANDO EN SU CARÁCTER DE PADRE BIOLÓGICO DE LOS NIÑOS (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA), DE CUATRO (04) Y UN (01) AÑO DE EDAD RESPECTIVAMENTE, ASISTIDOS POR LA REPRESENTACIÓN FISCAL ABOGADO LORENA DEL VALLE ROJAS SANTIAGO, EN CONTRA DE LA CIUDADANA FELICITA PAVA CALVO, COLOMBIANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. C.C 68.
Resumen:
En consecuencia, vista la facultad oficiosa conferida al esta juzgadora en el mencionado artículo, así como de lo expuesto por la parte demandada ciudadana Felicita Pava Calvo, esta juzgadora tomando en consideración la corta edad de sus hijos (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA) de cuatro (04) y un (01) año de edad respectivamente, dependen de los cuidados y atención de su madre, además de los hechos de violencia, agresión y estado mental del padre en contra de la mencionada, y mientras el Tribunal de Juicio determine la Custodia definitiva de este asunto, ya que no ha operado entre ellos la conciliación al respecto. En consecuencia este Tribunal decreta Provisionalmente la CUSTODIA de los niños (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA) de cuatro (04) y un (01) año de edad respectivamente, a favor de su madre, ya que como se evidencia de autos, es la progenitora quien ha ostentado la misma, d.....
Juez/Ponente:
Annabella Franco
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación. Sede Guasdualito
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N° Expediente : CP21-J-2012-000211 N° Sentencia : PJ0042012000411 Fecha: 03/08/2012
Procedimiento:
Homologación De Régimen De Convivencia Familiar
Partes:
LUÍS JOHAN GRATEROL RIVAS, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-24.937.274 Y LA CIUDADANA NAIBET LUCIANA MONZÓN ORTIZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-20.479.350,EN SU CARÁCTER DE PADRES DEL NIÑO (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA) DE UN (01) AÑO DE EDAD, ASISTIDOS POR LA ABG. VILMA VIELMA DE TAPIA, CON EL CARÁCTER DE DEFENSORA PÚBLICA SEGUNDA ADSCRITA AL SISTEMA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS,
Resumen:
De las circunstancias de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, teniendo en cuenta el deber Constitucional e irrenunciable de los padres de criar, formar educar, y asistir a sus hijos e hijas tal como lo indica el artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; así como de los preceptos consagrados en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, donde el Interés Superior es el Niño (artículo 8) y vista las facultades conferidas en los artículos 518 y 386 Eiusdem; le imparte la HOMOLOGACIÓN POR NO SER CONTRARIO A LOS INTERÉS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, Y SE DA POR CONSUMADO EL ACTO, OTORGANDOLE CARÁCTER DE SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. ASÍ SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Annabella Franco
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación. Sede Guasdualito
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N° Expediente : CP21-J-2012-000139 N° Sentencia : PJ0042012000406 Fecha: 03/08/2012
Procedimiento:
Homologacion Fijacion Obligacion De Manutencion Y
Partes:
SILVIA BRISAIDA PADILLA RODÍGUEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-18.375.316 ACTUANDO CON EL CARÁCTER DE MADRE DE LOS NIÑOS (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA) VENEZOLANOS, DE SEIS (06), CINCO (05) Y CUATRO (04) AÑOS DE EDAD RESPECTIVAMENTE, ASISTIDAS POR LA DEFENSORA PÚBLICA SEGUNDA ADSCRITA AL SISTEMA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, GUASDUALITO ABOGADO ROSA YAJAIRA GUTIÉRREZ ZAMBRANO.
Resumen:
De las circunstancias de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, teniendo en cuenta el deber Constitucional e irrenunciable de los padres de criar, formar educar, y asistir a sus hijos e hijas tal como lo indica el artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara Procedente la fijación de la obligación de manutención en los siguientes términos: por concepto de obligación de manutención fija la cantidad de de Mil Bolívares (Bs. 1.000.00) mensuales a favor de los niños (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65 DE LA LOPNNA) venezolanos, de seis (06), cinco (05) y cuatro (04) años de edad respectivamente. Igualmente para las épocas especiales de septiembre y diciembre respectivamente fija la cantidad de Tres Mil Bolívares (Bs. 3.000.00). Asi mismo se Autoriza a la ciu.....
Juez/Ponente:
Annabella Franco
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación. Sede Guasdualito
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